Publicidad y Promoción en Redes Sociales
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De conformidad con la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, cualquier acción promocional realizada a través de redes sociales deberá cumplir con las siguientes condiciones:
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La promoción deberá ser clara y transparente, indicando de forma precisa los productos o servicios ofrecidos.
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Se deberán especificar de forma detallada las condiciones de compra o contratación y los precios o tarifas aplicables.
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No se admitirán como promoción las cuentas personales de los solicitantes cuando el contenido de estas se centre mayoritariamente en cuestiones privadas que no estén directamente relacionadas con su actividad profesional.